OBLIGACIONES EN MATERIA DE PREVENCION

¿Cuáles son las obligaciones básicas de las empresas en materia de prevención de riesgos laborales?

OBLIGACIONES EN MATERIA DE PREVENCION

Ante las recientes campañas que se están llevando a cabo por parte de la Inspección de Trabajo para comprobar la consulta y participación de delegados de prevención/comité seguridad y salud queremos recordar la importancia de cumplir con las obligaciones en materia de prevención además de archivar los “recibís” firmados por los trabajadores en relación a:

-          Plan de prevención

-          Documento de consulta a trabajadores

-          Información

-          Cualquier documento relativo a la prevención (cursos, entrega de EPI'S..)

 

 

A continuación, les recordamos las obligaciones básicas:

1- Designar a uno o varios trabajadores para que se ocupen de la actividad preventiva o bien concertar dicho servicio con una entidad ajena a la empresa.

2- Elaborar y aplicar un plan de prevención de riesgos laborales, una evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva:

  • La evaluación de riesgos debe identificar cualquier riesgo al que pueden estar expuestos los trabajadores de la empresa.
  • La planificación de la actividad preventiva debe integrar medidas para evitar, reducir o controlar los riesgos identificados en la evaluación.
  • La planificación tiene que establecer quien es el responsable de la ejecución de cada medida prevista, el plazo para llevarla a cabo y los recursos humanos y materiales necesarios para su implementación.

3- La empresa debe proporcionar a sus trabajadores formación e información adecuada y suficiente en materia de prevención, si incumple puede ser sancionada por la inspección de Trabajo y Seguridad Social con una multa de hasta 49.180 euros por cada infracción.

4- Garantizar la vigilancia de la salud de sus trabajadores ofreciéndoles la posibilidad de hacerse controles médicos. Los trabajadores (salvo excepciones) pueden negarse a someterse a dicha vigilancia pero para evitar sanciones debe quedar por escrito el rechazo al ofrecimiento de la empresa.

 

Las empresas que optan por externalizar estas obligaciones contratando un servicio de prevención ajeno pueden ser sancionadas igualmente si los documentos se elaboran sin cumplir los requisitos legales, no obstante, la jurisprudencia esta admitiendo reclamaciones por vía civil a sus servicios de prevención de indemnizaciones por los daños y perjuicios que puedan causar por el incumplimiento contractual.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.